El Tribunal de Apelación en lo Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado declaró inadmisible el recurso presentado por la defensa de Giannina García Troche. Con esta resolución, la justicia ratifica que la procesada deberá permanecer recluida bajo el régimen de máxima seguridad en el penal «Martín Mendoza», confirmando la decisión previa de la jueza Rosarito Montanía.
La defensa, ejercida por el abogado Hugo Núñez, intentó revertir el traslado alegando que su clienta sufría tratos inhumanos y riesgos de salud. Entre sus argumentos, sostuvieron que el aislamiento podría disparar crisis epilépticas en la procesada y cuestionaron que el recinto está diseñado para hombres, lo que generaría violencia psicológica debido a la vigilancia de agentes masculinos.
Sin embargo, los magistrados Arnulfo Arias, Paublino Escobar y Mario Camilo Torres rechazaron el planteamiento debido a un error técnico procesal. Según el Tribunal, la defensa no interpuso una apelación subsidiaria al momento de presentar el recurso original, lo que provocó que la decisión de primera instancia quedara firme y fuera legalmente inimpugnable en esta etapa.
Como consecuencia de este fallo, García Troche mantendrá el régimen de 22 horas de aislamiento diario. Además de confirmar su lugar de reclusión, el Tribunal impuso las costas procesales a la defensa, al considerar que el recurso no contaba con los fundamentos técnicos necesarios para prosperar ante la Cámara de Apelaciones.

























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