El Juzgado Penal de Garantías N° 5 de la Capital resolvió la situación cautelar del diputado nacional Mauricio Fabián Espínola Núñez, en el marco del proceso abierto en su contra por la supuesta comisión del hecho punible de homicidio culposo. La jueza Rossana Diana Carvallo hizo lugar a la suspensión de la ejecución de la prisión preventiva, imponiendo en su lugar una serie de medidas alternativas y reglas de conducta obligatorias.
Los hechos bajo investigación del Ministerio Público se registraron el pasado 16 de mayo, aproximadamente a las 18:35 horas, en la intersección de la calle Cerro Corá y la Avenida Kubitschek, en el Barrio Mburicaó de Asunción. De acuerdo con el acta de imputación, el legislador conducía una camioneta Toyota Fortuner, de color negro, cuando colisionó contra una motocicleta guiada por Emilio Benítez Chaparro, quien circulaba por la avenida. A raíz del fuerte impacto, el motociclista sufrió lesiones de gravedad y fue derivado por el Cuerpo de Bomberos de Asunción al Hospital del Trauma, donde se constató su deceso el 27 de mayo debido a un traumatismo craneoencefálico.
Durante el desarrollo de la audiencia de medidas previstas en el artículo 242 del Código Procesal Penal, la agente fiscal Mercedes Vera solicitó la aplicación de medidas alternativas a la prisión. A este requerimiento se allanó la abogada defensora, Cecilia Pérez, quien fundamentó que el arraigo de su representado quedó plenamente acreditado tras el trámite de desafuero aprobado por la Cámara de Diputados. Asimismo, la defensa expuso que se brindó asistencia médica permanente al afectado durante su internación y que, con posterioridad, se suscribió un acuerdo de indemnización con la viuda del fallecido, demostrando voluntad de reparar los daños eventuales.
Uno de los puntos de debate durante la diligencia fue la solicitud planteada por la defensa técnica para que el procesado —atendiendo a sus funciones como diputado, presidente de la Comisión de Entes Binacionales y miembro del Parlamento Latinoamericano— pudiera salir y retornar al territorio nacional bajo un régimen de simple comunicación previa, debido a la regularidad de sus viajes oficiales. Sin embargo, la jueza Carvallo rechazó de forma expresa dicha petición, argumentando que los cargos públicos no desplazan las finalidades de control del proceso. La magistrada aclaró que la prohibición de salir del país no es una restricción absoluta, pero obligará al imputado a tramitar una autorización judicial justificada por cada viaje de forma individual.
Con el fin de asegurar el sometimiento del encausado, el Juzgado dispuso el cumplimiento obligatorio de varias reglas de conducta, fijando que el legislador deberá residir en la vivienda ubicada en el Barrio Ytay, en la ciudad de Asunción, y tendrá prohibido salir del país sin una autorización previa y expresa firmada por el Juzgado. Asimismo, se le impuso la obligación de mantener el número telefónico denunciado ante las autoridades para recibir las notificaciones oficiales correspondientes y la comparecencia trimestral obligatoria ante la sede judicial, específicamente del 1 al 5 del mes respectivo, para la firma del libro de control procesal. Por último, se determinó la fianza personal de su esposa, Natalia Arce, por un monto de Gs. 100.000.000 bajo régimen de separación de bienes, advirtiendo explícitamente que ante cualquier incumplimiento injustificado las medidas serán revocadas y se ordenará su prisión preventiva.























Discussion about this post