El agente fiscal Itálico Rienzi, titular de la Unidad Penal n° 2 de la Fiscalía Zonal de Mariano Roque Alonso, presentó una acusación formal y solicitó la apertura a juicio oral y público para una mujer procesada por su presunta responsabilidad en el fallecimiento de su hijo de 9 años.
El niño, quien padecía una grave cardiopatía congénita de nacimiento, se encontraba en un estado de severa desnutrición. La calificación jurídica atribuye a la progenitora la presunta comisión de los hechos punibles de homicidio doloso (dolo indirecto o eventual por omisión), lesión grave por dolo indirecto por omisión, violación del deber de cuidado y omisión de auxilio, en calidad de autora.
Los hechos bajo investigación se desarrollaron de forma continua desde el 3 de diciembre de 2021 hasta el 17 de noviembre de 2025 en una vivienda del Barrio Remanso de Mariano Roque Alonso. La víctima padecía de una patología congénita denominada Tetralogía de Fallot, una anomalía cardíaca que requiere de intervenciones quirúrgicas tempranas y rigurosos controles médicos periódicos.
Según la acusación fiscal, la madre, contando con la posición de garante sobre la vida de su hijo y poseyendo la capacidad económica real como funcionaria de la municipalidad local, habría interrumpido de manera absoluta los tratamientos y el seguimiento médico del menor, los cuales se realizaban previamente en centros públicos y gratuitos como el Hospital de Clínicas y el Hospital Central Pediátrico Niños de Acosta Ñu.
El 12 de noviembre de 2025, ante la ausencia de la madre y el notable deterioro del niño, su hermana adolescente de 15 años lo trasladó de urgencia en brazos y descalza hasta el Hospital Distrital de Mariano Roque Alonso. El menor ingresó con deshidratación, dificultad respiratoria severa, cianosis generalizada, un nivel de saturación de oxígeno de apenas el 42% y un peso de 16,3 kilogramos, marcadamente inferior al adecuado para su edad.
De acuerdo al relato testifical, al enterarse de la internación, la acusada se constituyó en el nosocomio donde recriminó a su hija por haber llevado al niño. El menor permaneció internado hasta que se constató su fallecimiento el 17 de noviembre de 2025.
La investigación fiscal constató que la procesada ya contaba con antecedentes de denuncias ante las instancias de la Niñez y la Adolescencia. En marzo de 2024, el servicio Fono Ayuda 147 emitió una alerta por falta de escolarización, encierro y falta de higiene del menor. Posteriormente, en febrero de 2025, el Ministerio de la Defensa Pública le notificó formalmente una advertencia sobre sus derechos y obligaciones inherentes a la patria potestad debido a situaciones de maltrato familiar, las cuales fueron desoídas.
El fiscal fundamentó que los elementos colectados otorgan sustento para que el Juzgado Penal de Garantías n° 1 de Luque eleve la causa a la instancia de un juicio oral y público.





















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