El ministro de Desarrollo Social, Tadeo Rojas, durante una conferencia de prensa en Mburuvicha Róga, informó que el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 3.899 mediante el cual, las firmas proveedoras del programa de alimentación escolar «Hambre Cero», están obligadas a destinar un 10% del monto contratado para la adquisición de insumos como frutas y verduras de la agricultura familiar campesina.
El ministro mencionó, que entre los lineamientos, el programa «Hambre Cero» ya exigía que las empresas contratadas para proveer alimentos a las escuelas compren al menos el 10% de sus productos de la agricultura familiar campesina, además, de adquirir un 5% de sus productos de las Mipymes locales, sin embargo, no se hallaban contemplados puntualmente en la misma Ley de creación y tampoco estaba incluido dentro del decreto reglamentario, por lo que fue oficializado vía Decreto, desde la fecha.
«Hoy está emitido un Decreto en el cual se establece la adquisición obligatoria dentro de esos porcentajes, pero lo más importante es que se determina que para que se efectivice el pago del servicio a las empresas proveedoras del programa de alimentación escolar, se debe exigir la presentación de las facturas de compra de la agricultura familiar campesina y de las Mipymes en forma mensual», comentó Rojas.
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