A partir de este miércoles rige la resolución N.° 76/2025 del Viceministerio de Transporte, que incorpora nuevas infracciones al listado de conductas consideradas gravísimas, con sanciones más severas para las empresas que incumplan las disposiciones. Las multas ascienden a 173 jornales mínimos, equivalentes a G. 19.289.846.
Con la nueva disposición, tres prácticas que anteriormente eran catalogadas como leves, intermedias o graves pasan a ser gravísimas debido al riesgo extremo que representan para los pasajeros: transitar con la puerta abierta o abrirla con el vehículo en movimiento; iniciar la marcha mientras los pasajeros ascienden o descienden; y no contar con póliza de seguro vigente.
Estas conductas, que antes eran sancionadas con montos de entre 10 y 45 jornales, serán multadas con 173 jornales mínimos, equivalentes a 19.289.846 guaraníes. La modificación responde a la necesidad de frenar prácticas reiteradas de las empresas del sector que han puesto en riesgo la seguridad de los pasajeros y la calidad del servicio.
El Viceministerio de Transporte insta a los pasajeros que detecten irregularidades en las unidades a realizar sus reclamos al (0986) 89 86 00, completando el formulario correspondiente para dejar constancia formal de la incidencia.
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